Actualización en el procedimiento de importación de conejos como mascotas

Senasa establece nuevas normas sanitarias para prevenir la Enfermedad Hemorrágica del Conejo.

Buenos Aires – Con el fin de garantizar la salud animal, facilitar la movilización de mascotas y prevenir la entrada de enfermedades ausentes en Argentina, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) ha actualizado los requisitos para la importación de conejos como animales de compañía.

La nueva normativa, contenida en la Resolución Senasa 1110/2024, fue publicada en el Boletín Oficial y establece las condiciones sanitarias que deben seguir quienes deseen traer hasta cinco conejos a Argentina. Esta actualización busca prevenir el ingreso de la Enfermedad Hemorrágica del Conejo (EHC), que es de notificación obligatoria y actualmente no está presente en el país.

Esta adecuación modifica la Resolución Senasa 760/2011, alineándose con las recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA). Entre los nuevos requisitos, se indica que, antes de su viaje, el conejo debe haber permanecido al menos 30 días en un establecimiento autorizado por el Servicio Veterinario del país de origen, bajo control oficial. Durante este tiempo, el animal debe recibir dos tratamientos antiparasitarios, con un intervalo de 15 días entre cada uno.

El país exportador debe declarar la EHC como enfermedad de notificación obligatoria y el conejo no debe haber sido vacunado contra esta enfermedad. Si el país exportador no es reconocido como libre de EHC por la OMSA y Senasa, el propietario debe presentar un resultado negativo de pruebas diagnósticas del animal antes de su traslado.

Para obtener la autorización de importación, los viajeros deben realizar la solicitud ante Senasa antes de su viaje. Este trámite puede llevarse a cabo en línea, incluso desde el extranjero, a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Asimismo, es necesario presentar una Declaración Jurada, donde el propietario declare que el conejo es su mascota y cumple con la exigencia de permanencia en el domicilio tras su ingreso.

Para más información, se puede consultar el sitio web oficial de Senasa.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *